postheadericon Reintegros por compensación (ODONTOLOGIA) con otra Obra Social

 

Debe concurrir el paciente a nuestra auditoría POST (con todo el tratamiento terminado)
• Fotocopia de ficha autorizada por la otra Obra Social, en donde indique el valor a cargo del afiliado.
• Recibo de la otra obra social (con el co-seguro que abona el afiliado)
• Constancia CBU (del afiliado titular) si no la presento anteriormente en la Obra Social.