Requisitos para continuar la cobertura de hijos mayores de 21 años hasta los 25 años
De acuerdo a lo establecido por Resol. Nº 003/17.....¨podrán ser afiliados Familiares de los Activos y/o Adherentes los Hijos/as solteros/as hasta la edad de veintiún (21) años, no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional, comercial o laboral y los hijos solteros mayores de veintiún (21) años y hasta los veinticinco (25) años inclusive cuando, estando a exclusivo cargo del afiliado titular, cursen estudios regulares de nivel terciario y/o universitario oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente y tengan aprobada al menos una materia en el año calendario anterior. No se aceptará bajo ningún concepto la concurrencia a cursos que otorguen títulos que no fueren terciarios y/o universitarios habilitantes. En consecuencia, el titular deberá presentar anualmente antes del treinta (30) de Abril de cada año, el Certificado de Estudios y Certificado Analítico correspondiente al hijo/a a su cargo.